¿Cuándo se aprobará el registro horario digital?

Para saber cuándo se aprobará el registro horario digital hay que estar pendientes a las noticias

Previsiblemente, en las próximas semanas será cuándo se aprobará el registro horario digital en un Consejo de Ministros

Aunque parece que el curso político llega a su fin, aún queda por dilucidar una gran cuestión: cuándo se aprobará el registro horario digital.

Desde hace semanas, el Ministerio de Trabajo ha defendido que el Real Decreto que va a imponer a las empresas la obligación de usar un sistema de registro horario para digitalizar los fichajes y permitir el acceso a los mismos de la Inspección de Trabajo en tiempo real se aprobará antes de la pausa de agosto.

Sin embargo, aún no es posible saber con exactitud cuándo se aprobará el registro horario digital porque los ministerios de Trabajo y Economía siguen negociando la redacción final de la norma, de cara a solventar las deficiencias detectadas por el Consejo de Estado en su versión inicial.

A continuación, vamos a repasar los elementos clave de esta nueva obligación en el ámbito laboral y a despejar las dudas sobre cuándo se aprobará el registro horario digital.

¿Cuáles son los elementos clave del registro horario digital?

La obligación de registrar las jornadas diarias de trabajo existe en nuestro país desde 2019. Sin embargo, la ley no fija cómo debe realizarse dicho registro. De tal forma que se puede hacer usando sistemas digitales o de forma manual, con los clásicos papel y bolígrafo.

La nueva normativa busca imponer que el registro de las jornadas se lleve a cabo sí o sí mediante programas informáticos con el objetivo de impedir que los profesionales realicen horas extras que no se registren y que, por lo tanto, tampoco se compensen con descanso equivalente o remuneración.

Más allá de saber cuándo se aprobará el registro horario digital es fundamental tener claros los elementos clave de esta nueva obligación:

  1. Los fichajes deben ser realizados por los trabajadores de forma directa y personal.
  2. Se tienen que registrar el inicio y el final de la jornada, así como las pausas que no computen como jornada de trabajo efectiva.
  3. Se deben registrar todas las horas trabajadas en función de su tipología (ordinarias, complementarias, extras) y entregar a los trabajadores copias resúmenes con sus nóminas.
  4. Para modificar los registros de cara a solventar errores, empresa y trabajador deben estar de acuerdo. En caso de que no lo estén, la empresa puede modificar un registro, pero dejando constancia de la oposición del profesional.
  5. Los trabajadores y sus representantes legales tienen derecho a acceder a los datos del registro horario en cualquier momento.
  6. Las soluciones de registro de jornada deben ser interoperables, de tal forma que la Inspección de Trabajo pueda acceder a los datos en remoto.

Es decir, no basta con que una empresa emplee, por ejemplo, un documento de Excel compartido para que los trabajadores fichen su entrada y salida, sino que se debe usar un software de registro horario adaptado a todas las exigencias de la normativa, incluida la interoperabilidad con la Inspección de Trabajo.

¿Qué cuestiones han dificultado saber cuándo se aprobará el registro horario digital en el último año?

Aunque la intención de aprobar el registro horario digital se anunció hace más de un año, esta nueva obligación aún no ha salido adelante. ¿Por qué?

  1. El registro de jornada digital era una medida incluida en el proyecto de Ley de reducción de la jornada laboral hasta las 37,5 horas semanales. Dicha norma fue rechazada por el Congreso de los Diputados en septiembre de 2025.
  2. Tras este rechazo, Trabajo defendió que el registro de jornada digital se podía aprobar vía Real Decreto. Es decir, sin contar con el apoyo del Congreso. Puesto que de esta forma se puede desarrollar la obligación de registrar las jornadas diarias que ya figura en el Estatuto de los Trabajadores.
  3. Se puso en marcha el proceso de aprobación del RD de registro horario digital por la vía de urgencia con la vista puesta en aprobarlo durante la primavera de 2026.
  4. Sin embargo, en marzo de 2026 el Consejo de Estado emitió un informe muy crítico sobre el proyecto de RD. Aunque su dictamen solo es preceptivo y no vinculante, las dudas expresadas afectaban a cuestiones de gran relevancia como la protección de datos personales, el impacto económico en las pequeñas y medianas empresas o la necesidad de facilitar la adaptación del tejido productivo a esta normativa, teniendo en cuenta las particularidades de algunos sectores económicos. Además, se cuestionaba que un Real Decreto fuese la vía adecuada para aprobar esta norma.
  5. Tras el dictamen del Consejo de Estado, se puso en marcha una negociación entre el Ministerio de Trabajo y el de Economía para modificar la norma sin que aún se haya alcanzado un consenso sobre la redacción final del RD.
Aún no podemos saber con exactitud cuándo se aprobará el registro horario digital, pero se prevé que sea en las próximas semanas

¿Cuándo se aprobará el registro horario digital? ¿Este mismo mes de julio?

El secretario de Estado de Trabajo afirmó con respecto a cuándo se aprobará el registro horario digital que la norma vería la luz antes de agosto.

Es decir, se debería llevar el RD a uno de los Consejos de Ministros que se van a celebrar antes de la pausa estival.

Estamos hablando, por lo tanto, de que su aprobación sería cuestión de días.

Tras los retrasos acumulados, los sindicatos llevan semanas presionando para que se apruebe, mientras que la patronal ya ha afirmado que llevará la norma a los tribunales al entender que para imponer el registro horario digital obligatorio debería aprobarse una ley y no un RD.

Precisamente, uno de los elementos clave en la negociación de la norma es su adecuación para evitar que la Justicia pueda anular parte de ella.

Entonces… ¿cuándo se aprobará el registro horario digital? Todo parece indicar que será este mismo mes de julio, pero la negociación entre Trabajo y Economía sigue abierta.

¿La implementación del registro de jornada digital va a ser inmediata?

Seguramente no. De hecho, los otros dos elementos clave de la negociación sobre el registro de jornada digital son:

  • La aprobación de subvenciones para pymes.
  • La configuración de un calendario de implementación que facilite la adaptación de las pequeñas y medianas empresas.

En el proyecto de RD original se contemplaba que la norma entrase en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE. El Ministerio de Economía propuso un plazo de 1 año para que las pequeñas y medianas empresas tuviesen tiempo a trabajar con un sistema de registro horario.

Lo más previsible es que se especifiquen plazos de implementación diferentes en función del tamaño de las empresas y de los sectores económicos en los que operan.

Por lo tanto, más allá de saber cuándo se aprobará el registro horario digital, es importante tener en cuenta que existirá un plazo de varios meses para cumplir con esta nueva obligación.

¿Qué beneficios trae consigo el uso de un programa de registro horario?

Las empresas no solo deben estar al tanto de cuándo se aprobará el registro horario digital, sino que, además, es importante que conozcan los beneficios que pueden obtener de un programa de control horario, más allá de cumplir con la normativa y eludir multas de hasta 7.500€.

¿De qué beneficios hablamos?

  1. Agilizar el registro de las jornadas diarias, facilitando que sean los propios profesionales quienes fichen personal y directamente.
  2. Controlar en tiempo real los fichajes para detectar incumplimientos como retrasos o ausencias injustificadas.
  3. Contabilizar las horas trabajadas automáticamente, facilitando la obtención de informes y la compensación de las horas extras.
  4. Reducir los conflictos con los trabajadores sobre los fichajes, al existir pruebas fehacientes sobre la duración de las jornadas.
  5. Disponer de pruebas para imponer sanciones laborales por incumplimientos o para usarlas en caso de que los conflictos sobre horas extras, retrasos o ausencias se judicialicen.
  6. Cumplir con la obligación de almacenar de forma segura los registros de fichajes de una forma sencilla y solvente.
  7. Gestionar con la máxima eficacia vacaciones, permisos y ausencias justificadas.
  8. Permitir a los trabajadores fichar desde el móvil, facilitando así el control de las jornadas laborales en caso de movilidad o teletrabajo.

En definitiva, no sabemos con total precisión cuándo se aprobará el registro horario digital, pero todo hace indicar que se trata de cuestión de días o semanas.

Por eso, las empresas no solo deben preocuparse de saber cuándo se aprobará el registro horario digital, sino que deben anticiparse a esta nueva obligación legal y comenzar a trabajar con programas de registro horario a la vuelta de las vacaciones estivales. Además de cumplir con la futura normativa pueden beneficiarse de las ventajas de emplear un sistema de registro de jornada.

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